NARCOTRÁFICO

Confirman la sentencia por el importante cargamento de cocaína en Galicia durante el confinamiento.

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Confirman la sentencia por el importante cargamento de cocaína en Galicia durante el confinamiento.
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Confirman la sentencia por el importante cargamento de cocaína en Galicia durante el confinamiento.

Título: Ratifican la condena tras el notable alijo de cocaína en Galicia durante el confinamiento

Contenido completo: El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha ratificado, en términos generales, la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a Carlos Silla Otero, residente en Vilagarcía de Arousa, a una pena de 15 años de prisión por ser el líder de la mayor red gallega dedicada a la introducción de cocaína mediante veleros que cruzaban el Atlántico hacia Sudamérica y regresaban cargados de fardos.

La resolución simplemente reduce la multa de 720 millones a 360 que se impone finalmente al cabecilla del grupo, un aspecto que tendrá escasa repercusión, dado que este tipo de sanciones económicas no se ejecutan en ninguno de los casos.

El tribunal, que se alinea punto por punto con los razonamientos del fiscal jefe, lo considera el coordinador de una organización capaz de mantener varias embarcaciones en el mar simultáneamente, entre ellas el Benirrás, un buque que terminó hundido frente a las Rías Baixas en la zona de A Guarda tras entregar aproximadamente cuatro toneladas de cocaína a tres lanchas rápidas más pequeñas, dos de las cuales fueron interceptadas en la ría de Arousa en marzo de 2020.

El fallo, en esencia, establece que Silla era el propietario del Benirrás (y de otras embarcaciones con fines similares), que ordenó su preparación en el puerto de Portonovo a finales de 2020 y que lo trasladó personalmente a Huelva junto a Antolín Fernández Pajuelo, el individuo que lo capitaneó hasta un punto en alta mar donde recibió la droga y regresó con ella hasta la entrada de la ría de Arousa, donde la entregó a las lanchas rápidas. La confesión de Pajuelo fue un factor determinante, aunque no el único, para incriminar a Silla, quien cumple una pena similar en Portugal tras ser arrestado literalmente sobre 5.200 kilos de cocaína en otro barco de su propiedad, el G-SIRO.

La sentencia también señala que a finales de marzo de 2020, en plena pandemia, el velero descargó la droga, y detalla que una de las lanchas estaba balizada por las fuerzas de seguridad debido a una investigación previa. Esa baliza fue autorizada nuevamente tras varias solicitudes del EDOA de la Guardia Civil pocos días antes del desembarco, lo que permitió un amplio despliegue de la Policía Nacional, Aduanas y la Guardia Civil para finalmente detener a tres de los tripulantes de esas narcolanchas e incautar gran parte de la droga que iba a ser desembarcada, todo ello tras una intensa persecución entre bateas en la ría de Arousa en una secuencia que no se recordaba desde hacía tiempo en la zona.

También es un hecho probado que el Benirrás fue hundido voluntariamente cerca de A Guarda y por instrucciones de Silla, después de que los vientos impidieran su regreso al Algarve portugués, que era la orden inicial del jefe de la organización, quien contaba con puertos seguros allí. Tras el hundimiento (el pecio fue localizado más tarde en una operación submarina histórica que este periódico dio en primicia), Pajuelo y otro de los acusados salieron en la zodiac auxiliar con dos fardos de cocaína que tomaron por su cuenta "por si no nos pagaban", según relató el patrón en una confesión en la que delató a su líder, algo inédito entre los narcotraficantes gallegos.

La sentencia impone a Silla 15 años de cárcel por su liderazgo, además de la multa de 360 millones de euros. A Jorge H. G.R., José O.T.A., Jesús M. V. y Jesús F.A.E. se les han impuesto penas de diez años y medio de prisión. Los dos primeros formarían parte de la rama sudamericana de la red criminal, mientras que los otros dos eran integrantes de la organización gallega.

Con respecto a Antolín Fernández Pajuelo, el tribunal tuvo en cuenta su confesión y, a pesar de su reincidencia, le impuso seis años y tres meses de prisión, además de multas. Los otros dos confesos, César R.R. y José D.R.S., también vieron reducidas sus penas, fijadas en seis años y tres meses para el primero y tres años y cuatro meses para el segundo.

En relación con la controvertida cuestión de la baliza y su legalidad, el tribunal aclara que el dispositivo de localización había quedado inactivo por orden judicial tras ser colocado en otro caso (en el que se investigaba la fabricación de lanchas para el narcotráfico), pero que no había podido ser retirado porque los investigados habían cambiado la embarcación de ubicación y el nuevo sitio era desconocido para la Guardia Civil y la Policía. Sin embargo, el Instituto Armado recibió en febrero de 2020 el aviso de que el dispositivo se había activado (debido al movimiento de la embarcación) por lo que presentó varios escritos al juzgado de Cambados solicitando su activación, algo que logró obtener dos días antes del desembarco. Por tal motivo, el procedimiento se realizó, según el dictamen, conforme a derecho.

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