Título: Ratifican la condena tras el significativo alijo de cocaína en Galicia durante el confinamiento
Contenido completo: El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha validado, en términos generales, la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a Carlos Silla Otero, residente en Vilagarcía de Arousa, a una pena de 15 años de prisión por encabezar la mayor red gallega dedicada a la introducción de cocaína mediante veleros que navegaban a través del Atlántico hasta Sudamérica y regresaban cargados de fardos.
La resolución únicamente reduce la multa de 720 millones a 360 millones de euros que se le impone finalmente al cabecilla, un aspecto que tendrá escasa repercusión, dado que este tipo de sanciones económicas no se ejecutan en ninguno de los casos.
El tribunal, que concuerda en su totalidad con los razonamientos del fiscal jefe, considera a Silla como el coordinador de una organización capaz de mantener varias embarcaciones en el mar simultáneamente, entre ellas el Benirrás, buque que terminó hundido frente a las Rías Baixas en la zona de A Guarda tras haber entregado alrededor de cuatro toneladas de polvo blanco a tres lanchas rápidas de menor tamaño, de las cuales dos fueron interceptadas en la ría de Arousa en marzo de 2020.
La sentencia, en esencia, establece como probado que Silla era el propietario del Benirrás (así como de otros barcos con fines similares), que lo mandó a preparar en el puerto de Portonovo a finales de 2020 y que lo trasladó personalmente a Huelva junto a Antolín Fernández Pajuelo, el individuo que lo patroneó hasta un punto en alta mar donde recibió la droga y que regresó con el cargamento hasta la entrada de la ría de Arousa, donde lo entregó a las lanchas rápidas. La confesión de Pajuelo fue un factor significativo, aunque no el único, para incriminar a Silla, quien cumple una pena similar en Portugal tras ser arrestado literalmente sobre 5.200 kilos de cocaína en otro barco de su propiedad, el G-SIRO.
Asimismo, la sentencia indica que a finales de marzo de 2020, en plena pandemia, el velero descargó la sustancia estupefaciente y aclara que una de las lanchas estaba balizada por las fuerzas de seguridad debido a una investigación previa. Esa baliza recibió autorización nuevamente tras varias solicitudes del EDOA de la Guardia Civil pocos días antes del desembarco, lo que facilitó un amplio despliegue de Policía Nacional, Aduanas y Guardia Civil para finalmente detener a tres de los tripulantes de esas narcolanchas e incautar gran parte de la droga que iba a ser desembarcada, todo ello tras una intensa persecución entre bateas en la ría de Arousa en una secuencia que no se recordaba en la zona desde hacía mucho tiempo.
Es un hecho probado también que el Benirrás fue hundido deliberadamente cerca de A Guarda y por indicaciones de Silla, después de que los vientos dificultaran su retorno hacia el Algarve portugués, que era la orden inicial del jefe de la organización, ya que allí disponía de puertos seguros. Tras el hundimiento (el pecio fue localizado posteriormente en una histórica operación submarina que este periódico cubrió en exclusiva), Pajuelo y otro de los acusados salieron en la zodiac auxiliar con dos fardos de cocaína que tomaron por su cuenta "por si no nos pagaban", según detalló el patrón en el contexto de una confesión en la que delató a su jefe, un hecho sin precedentes entre los narcotraficantes gallegos.
La resolución judicial impone a Silla 15 años de cárcel por su liderazgo, además de una multa de 360 millones de euros cada uno. A Jorge H. G. R., José O. T. A., Jesús M. V. y Jesús F. A. E., se les impusieron penas de diez años y medio de prisión. Los dos primeros formarían parte de la rama sudamericana de la red criminal, mientras que los otros dos eran integrantes de la organización gallega.
En cuanto a Antolín Fernández Pajuelo, el tribunal tuvo en cuenta su confesión y, a pesar de su reincidencia, le impuso una pena de seis años y tres meses de prisión, además de multas. Los otros dos confesos, César R. R. y José D. R. S., también vieron disminuidas sus penas, fijándose en seis años y tres meses para el primero y tres años y cuatro meses para el segundo.
Respecto a la controvertida cuestión de la baliza y su legalidad, el tribunal aclara con precisión que el dispositivo de localización había quedado inactivo por orden judicial tras ser instalado en otra causa (en la que se investigaba la fabricación de lanchas para el narcotráfico), pero que no había podido ser retirado porque los investigados habían cambiado la embarcación de ubicación y el nuevo sitio era desconocido para la Guardia Civil y la Policía. No obstante, el Instituto Armado recibió en febrero de 2020 la notificación de que el dispositivo se había activado (debido al movimiento de la embarcación), por lo que presentó varios escritos al juzgado de Cambados solicitando su activación, algo que logró dos días antes del desembarco. Por lo tanto, el procedimiento se llevó a cabo, según el dictamen, conforme a derecho.
